CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN GTPHONE TELECOMUNICATIONS S.L.

1.- OBJETO

Las presentes condiciones generales, así como las modificaciones posteriores a las mismas que se realicen de conformidad con la normativa vigente, y sin perjuicio de cualesquiera otras condiciones particulares, son las únicas aplicables a la prestación de los servicios de telecomunicaciones de GTPHONE TELECOMUNICATIONS S.L. (en adelante, “el operador” o “GTPHONE”) a la persona física o jurídica (en adelante, “el cliente”).

En caso de contradicción entre los términos y condiciones manifestadas en las presentes Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, prevalecerán siempre las condiciones acordadas en este último instrumento respecto de aquellos términos incompatibles, afectando solo al servicio que se rija por las citadas Condiciones Particulares.

La lectura y aceptación plena de las Condiciones de Contratación por el Cliente es condición previa necesaria para la prestación de los servicios contratados. Dicha aceptación del documento contractual implica que el Cliente:

  • Ha leído y comprende lo expuesto en él.

  • Es una persona física, o representa a una persona jurídica, con capacidad suficiente para contratar.

  • Asume todas las condiciones y obligaciones dispuestas en el contrato.

El Cliente utilizará el servicio en calidad de usuario final, exclusivamente para el fin para el que ha sido contratado, siendo responsable de extender el cumplimiento de lo establecido en el presente contrato a las personas a su cargo, así como a cualquier otra que, por cualquier motivo, pueda tener acceso al servicio. Por ende, el Cliente sólo podrá utilizar los servicios contratados para sus propios fines, siempre respetando las presentes condiciones y teniendo en cuenta las instrucciones del operador, sin que pueda, en ningún caso revenderlos, cederlos ni prestarlos a terceros.

2.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

    1. Por el presente contrato, GTPHONE prestará al cliente los servicios de central virtual, el sistema SIP Trunk y servicio de telefonía fija (en adelante “los servicios”).

    2. Especialidades para central virtual. Entre sus características generales, destacamos las siguientes:

      • Dispone de una herramienta CRM personalizable a cada cliente, utilizado como sistema para interactuar con clientes u otros usuarios o gestionar diferentes opciones de su negocio.

      • Dispone de numeración geográfica nacional o internacional para poder recibir y emitir llamadas a través de la centralita virtual.

      • Puede disponer, dependiendo del contrato con el cliente, de un Terminal Punto de Venta (TPV), que permite gestionar y realizar cobros, a través de la centralita virtual.

    3. Los servicios ofertados, así como otros que en un futuro se pudiesen ofrecer, se prestarán a cambio de la correspondiente remuneración, a satisfacer por parte del Cliente, confiriendo a éste un derecho de uso sobre los mismos, sometido a los plazos, condiciones y términos de las presentes condiciones generales y de las condiciones particulares que, en su caso, se establezcan.

    4. De esta forma, los servicios contratados por el Cliente se regirán por las Condiciones Generales vigentes, así como, en su caso, por las Condiciones Particulares de cada servicio.

3.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN

    1. El Contrato entrará en vigor cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones:

      1. Comprobación y conformidad por parte del operador de la viabilidad técnica para la prestación del Servicio con la calidad que ofrece el Operador.

      2. Obtención del permiso o autorización del propietario o los propietarios para el acceso e instalación de los equipos y terminales por parte del Operador, en el supuesto de que el Cliente no fuera propietario del local o vivienda donde se va a prestar el/ los servicio/s.

      3. En caso de adquisición de los servicios de centralita virtual, configuración del sistema en los equipos, instalaciones o donde proceda en el lugar indicado por el propietario y/o titular.

      4. La efectiva firma del Contrato por ambas partes.

    2. Una vez cumplidas las citadas condiciones, el servicio contratado tendrá la duración prevista en la oferta comercial aceptada por el Cliente. En caso de no indicarse específicamente, la duración inicial del contrato será indefinida, hasta que medie comunicación del cliente a GTPHONE de su intención de finalizar el contrato, de manera fehaciente, con al menos 30 días de antelación. De no recibir tal notificación, el Operador considera que el Cliente desea que se continúen prestando los mismos servicios que tenía contratados, con las mismas condiciones de facturación y el mismo método de pago, y con el precio actualizado según las nuevas ofertas del operador.

    3. Permanencia. Algunos servicios pueden llevar aparejada la permanencia. El servicio de telefonía fija conlleva un compromiso de permanencia de 12 meses, y en caso de incumplimiento deberá abonar la cantidad de 100 (cien) euros. El resto de los servicios, salvo indicación en contra establecida en las condiciones particulares del servicio, no conllevarán compromiso de permanencia.

4.- INICIO DE USO

4.1. La activación del Servicio contratado a GTPHONE se realizará tras la configuración y/o instalación del sistema, terminales o equipos que corresponda, con carácter previo, del cliente. La utilización del sistema, o la recepción o realización de llamadas, se activará automáticamente una vez activado el Servicio, de acuerdo con las tarifas del Operador y con cargo a su cuenta bancaria.

5.- INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS

    1. GTPHONE acordará con el Cliente la fecha de instalación de los servicios o configuración del sistema.

    2. La instalación del servicio y equipo en el domicilio del Cliente ser realizará razonablemente según las indicaciones de este último.

    3. Especialidades para el servicio telefonía fija. GTPHONE entregará al Cliente en perfectas condiciones de uso los materiales, equipos y accesorios (en adelante “equipos”) necesarios para la prestación del servicio. Estos equipos facilitados (generalmente consiste en un router), lo serán en régimen de cesión o depósito.

      Cuando se hubiese entregado router u otro equipo, una vez resuelto el contrato con GTPHONE, el Cliente deberá devolver en el plazo de 30 días naturales desde la fecha efectiva de la resolución, el router de su propiedad que le hubiera sido entregado en perfecto estado estético y de funcionamiento, salvo el normal desgaste por uso de los mismos. Si en este plazo el Cliente no facilita su devolución o los equipos devueltos se encontrasen con defectos estéticos y/o de funcionamiento distintos a los que el uso normal de los mismos hubiera causado, el Cliente deberá indemnizar a GTPHONE con una cantidad de 50€.

    4. Especialidades apara central virtual. Se establecerán unas modificaciones máximas a realizar mensualmente por el servicio técnico; traspasado este límite, se cobraría al Cliente 5€ por modificación o configuración “extra”.

    5. Las averías que se produzcan en equipos, sistemas o programas facilitados por GTPHONE, se repararán en el plazo más breve posible de acuerdo con los parámetros de calidad establecidos, desde que ésta tenga conocimiento de aquéllas.

    6. Cuando la magnitud de la avería o la dificultad de reparación así lo aconsejen o cuando los equipos averiados no pudieran ser reparados en el domicilio del Cliente, GTPHONE podrá proceder a la sustitución de los equipos averiados por otros iguales o de similares características.


5.- CONDICIONES ECONÓMICAS

    1. El cliente deberá abonar a GTPHONE el importe del servicio prestado según las tarifas establecidas en el presente contrato, o las tarifas futuras que estén vigentes en cada momento, y en su caso, dentro de los límites de crédito que se pacten en las

      condiciones particulares. Cualquier modificación de los precios será comunicada al cliente con un mes de antelación a la entrada en vigor de la misma.

    2. Los precios y tarifas serán informados por el Operador previamente a la firma del contrato, aunque también podrán encontrarse en la página web. GTPHONE informará al cliente de los conceptos que se incluyen en cuotas únicas no periódicas (en caso de que hubiese), en cuotas periódicas (cuotas de abono) mensuales, bimensuales, trimestrales, cuatrimestrales, semestrales, anuales, etc.

    3. El pago se realizará, mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria designada al efecto por el cliente (cuyo titular asume solidariamente con el cliente el pago de los servicios), por medio de transferencia, mediante pago con tarjeta bancaria de crédito o débito, transferencia bancaria con una cuenta de Wise, pago con la modalidad B2B o cualquier método válido en el tráfico comercial pactado y acordado entre las partes.

    4. Si por razones técnicas no fuera posible la facturación al Cliente en el mes inmediatamente posterior al devengo, el operador podrá facturarlo en los meses posteriores, independientemente de la modalidad de pago contratada por el cliente.

    5. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades que se deban abonar por cada uno de los mencionados conceptos, las promociones y descuentos ofertados por GTPHONE, así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables. El Cliente recibirá sus facturas en formato electrónico, salvo que notifique al Operador que desea recibir las facturas en papel.

    6. En caso de producirse una devolución bancaria del recibo que GTPHONE girará periódicamente al cliente, se generará un coste de 6 euros (IVA incluido) por cada recibo devuelto, que el cliente deberá abonar al operador.

    7. Para el pago de las cuotas fijas, en caso de baja una vez iniciado el período de facturación, el Cliente no tendrá derecho a la devolución de la cuota fija correspondiente a ese período. Igualmente, determinadas gestiones del operador, sobre las cuales se informará con carácter previo a su realización, pueden contar con unos importes adicionales.

    8. Especialidades servicio de central virtual. Las tarifas consisten en un pago mensual y recurrente. En caso de tratarse en un cliente cuyo domicilio se encuentre sito en el marco internacional, la cuota se paga anticipadamente en forma de prepago; en caso de tratarse de un cliente cuyo domicilio se encuentre localizado en el ámbito nacional, la cuota se devengará a mes vencido, en forma de pospago.

      Los tipos de tarifas, las cuotas y el coste de llamada, se especificarán por el operador en el momento de la contratación, aunque también estarán accesibles a los Clientes a través de la página web.

    9. GTPHONE podrá modificar libremente las tarifas o las condiciones establecidas para la prestación de los servicios. Dichas modificaciones serán debidamente notificadas al Cliente.

5.9. Especialidades para el servicio de telefonía fija.

Desvio a Fijo Nacional a 0,01 + iva el minuto Desvio a móvil Nacional a 0,025 + iva el minuto 6.- GARANTÍAS

    1. GTPHONE, una vez recibida la solicitud de alta por parte del cliente y en cualquier momento durante la vigencia del contrato, con el objeto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del cliente, podrá:

      1. Solicitar al cliente un anticipo, o efectuar un cargo adicional en la cuenta del cliente, de forma inmediata, por las cantidades devengadas hasta la fecha.

      2. Solicitar al cliente el establecimiento de un depósito, no remunerado, en efectivo.

      3. Constitución de un aval bancario, por una cuantía nunca superior a la media estimada de tres meses de consumo.

      4. Restringir al cliente los servicios de tarifas superiores, tarificación adicional y servicios internacionales.

    2. Estas medidas estarán justificadas, entre otros, por supuestos como:

      1. Se excedan los límites del crédito fijados, en su caso.

      2. Se produzca la suspensión o interrupción del Servicio por alguna de las causas previstas en las presentes CGC o la resolución contractual.

      3. Incumplimiento de las presentes CGC.

      4. Incumplimiento de los compromisos de permanencia, en caso de existir.

      5. En caso de fraude, o uso no autorizado según estas Condiciones Generales y descritas en el capítulo “Inicio de Uso”.

      6. Riesgo objetivo de impago, entendiendo como tal, por ejemplo, la declaración de concurso de acreedores.

    3. En cualquier caso, esta lista no impide la apreciación por parte del operador de otros supuestos que puedan justificar la adopción de estas medidas.

7.- INCIDENCIAS EN EL PAGO

    1. Especialidades para el servicio de telefonía fija. En caso de impago del servicio, el retraso en el pago total o parcial del servicio por un periodo superior a un (1) mes desde la presentación al Cliente del documento de cargo correspondiente a la facturación del servicio, autorizará a GTPHONE a la suspensión temporal del mismo, previo aviso al cliente.

      Durante la suspensión temporal, el cliente mantendrá todas las llamadas entrantes, excepto las de cobro revertido, y las llamadas salientes de urgencias.

      El cliente tiene derecho a solicitar y obtener gratuitamente del operador del servicio la suspensión temporal de éste por un periodo determinado que no será menor de un mes ni superior a tres meses. El periodo no podrá exceder, en ningún caso, de 90 días por año natural.

      La suspensión temporal del Servicio no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cuotas fijas que no están asociadas al consumo y que se correspondan con el servicio contratado.

      En caso de retraso en el pago de los servicios prestado por un periodo superior a tres meses o solicitada la suspensión temporal, en dos ocasiones, del contrato por mora en el pago de los servicios, GTPHONE se interrumpirá definitivamente el servicio y se resolverá el presente contrato, previo aviso al cliente.

    2. Especialidades para el servicio de central virtual. En caso de impago del cargo por estos servicios, GTPHONE podrá suspenderlos a partir del día siguiente en que se verifique el impago una vez presentado al cobro del documento de cargo correspondiente a la facturación.

      La suspensión del servicio no exime al CLIENTE de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes.

    3. GTPHONE podrá resolver el Contrato en caso de mora en el pago de cualquier servicio contratado distinto del de telefonía fija, transcurridos veinte días naturales desde que se hubiera iniciado la suspensión del Servicio, previo requerimiento al CLIENTE por correo postal concediéndole un plazo adicional de quince días naturales para satisfacer la deuda.

8.- CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO

    1. Independientemente de los retrasos en el pago o los impagos del cliente, el operador podrá suspender de manera temporal o definitiva el servicio en los siguientes casos:

      1. Cuando el Cliente haya facilitado a GTPHONE datos personales que no sean veraces, sean deliberadamente incorrectos o se usurpe la identidad de un tercero.

      2. Si el Cliente pretende utilizar los servicios contratados de manera no acorde con la legalidad y la buena fe.

      3. Cuando el Cliente realice un uso ilícito, indebido o no autorizado del Servicio según estas Condiciones Generales.

      4. Que el Cliente haya empleado un medio de pago fraudulentamente o exista riesgo razonable de fraude.

      5. Por otras razones suficientemente acreditadas de uso ilícito del servicio.

    2. En caso de darse alguna de estas circunstancias, el operador se pondrá en contacto con el Usuario, con carácter previo a la suspensión del Servicio para informarle de la existencia de un incumplimiento de las presentes Condiciones Generales.

    3. Especialidades para el servicio de telefonía fija. Durante el período de 30 días a partir de la fecha de suspensión del Servicio, podrá recibir llamadas (excepto cuando se encuentre fuera del territorio nacional o se trate de llamadas a cobro revertido), SMS y MMS (“soft block”). Una vez transcurrido el citado plazo de 30 días sin que haya cesado la causa de la suspensión, se bloqueará también la recepción de llamadas, SMS y MMS (“hard block”). Una vez cumplidos 90 días desde la fecha de la suspensión sin que haya cesado la causa, el operador procederá a bloquear el servicio permanentemente, quedando el contrato con GTPHONE definitivamente resuelto.

9.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

    1. Sin perjuicio de lo dispuesto a lo largo de las presentes condiciones, GTPHONE estará obligado a:

      1. Facilitar información sobre los servicios prestados. Dicha información será proporcionada en el sitio web del operador o a través de cualquier otro canal de comunicación que el operador considere apropiado y sea apto para hacerle llegar la información.

      2. Adoptar las acciones necesarias para reparar las averías que se produzcan en el Servicio en el plazo más breve posible.

      3. Respetar la conservación del número telefónico que le haya sido asignado de conformidad con las presentes CGC, Circulares y resoluciones dictadas al efecto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

      4. Proporcionar la conexión a los servicios contratados y proceder a su desactivación previa comunicación por su parte al Servicio de Atención al Cliente del operador, a través de nuestra web o llamando al operador.

      5. Disponer de los medios necesarios y prestar el Servicio de modo que se garantice el secreto de las comunicaciones en la medida que los medios técnicos disponibles lo permitan, sin perjuicio de la interceptación legal que en su caso pueda acordarse.

    2. Por su parte, las obligaciones del Cliente serán las siguientes:

      1. Utilizar el Servicio durante la vigencia del contrato y abonar los consumos realizados. El operador podrá restringir servicios en función del uso, consumo y/o pago irregular de éstos.

      2. No utilizar el Servicio ofrecido por GTPHONE en contra de las exigencias de la buena fe o de forma impropia, ilícita, maliciosa o fraudulenta. El operador se reserva el derecho a suspender de forma inmediata el Servicio en el supuesto de que constara un comportamiento de tales características.

      3. Custodiar y mantener la confidencialidad de las claves de acceso y/o contraseñas facilitadas por el operador, que son para uso personal, exclusivo e intransferible del Usuario.

      4. El Cliente será el único responsable de la veracidad de sus datos personales. Cualquier variación o modificación de sus datos personales que pueda ser relevante para la adecuada prestación del Servicio o para cumplir la legislación vigente deberá ser notificada sin dilación al operador.

      5. Hacer un uso razonable y con sentido común de los servicios y funcionalidades ofrecido por el operador. Debido a que la tarjeta SIM se encuentra asociada a un número de identificación personal y a un número de teléfono, toda comunicación realizada a partir de la mencionada tarjeta y/o clave de acceso asignada al titular de la Tarjeta, se considerará como efectuada por éste o con su consentimiento, salvo en caso de pérdida o extravío desde la comunicación de tal circunstancia.

      6. El Cliente está obligado al satisfacer los impuestos, tasas y gravámenes fiscales que legalmente le correspondan.

      7. Los menores de edad necesitan de la autorización por escrito de sus padres o tutores para la contratación de los servicios ofrecidos.

10.- DERECHO DE DESISTIMIENTO

    1. Se reconoce al Cliente el derecho de desistimiento del presente Contrato en el plazo de 14 días naturales a contar desde su celebración, conforme a la normativa nacional y de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

    2. Para ejercer el derecho de desistimiento, el Cliente deberá notificar a GTPHONE, de forma fehaciente, su decisión de desistir del Contrato a través de una declaración inequívoca (como podría ser una carta enviada por correo ordinario, o a través de correo electrónico), en la que debe reflejar el número de pedido y sus restantes datos personales.

    3. En caso de desistimiento, el Cliente deberá abonar la parte proporcional del servicio disfrutado, si ya se hubiera producido el alta del mismo. Igualmente, deberá abonar los costes de instalación u otros gastos en que hubiera incurrido GTPHONE establecidos en el Contrato desistido. Asimismo, deberá asumir el coste de devolución de los equipos (router) facilitados por el Operador.

11.- VERACIDAD DE DATOS E INFORMACIÓN

    1. El Cliente se compromete a notificar a GTPHONE sus verdaderos datos de identificación, contacto y pago. Asimismo, adquiere el compromiso de informar al Operador, mientras perdure el negocio jurídico que les une, sobre cualquier tipo de cambio en los citados datos.

    2. También se obliga al Cliente a notificar al operador toda información que se le requiera a la hora de prestar los servicios, con la finalidad de que los mismos puedan ser prestados con la correspondiente eficacia y diligencia.

    3. GTPHONE no será responsable de cualquier error en el envío de información ni de la falta de veracidad o, en su caso, de la inexactitud de los datos facilitados por el Cliente.

12.- USO LÍCITO DE LOS SERVICIOS

    1. El cliente se compromete a hacer un uso lícito del servicio, conforme a los principios de buena fe. Para ello, el cliente acepta expresamente que:

      1. No realizará un mal uso del servicio que pudiese considerarse atentatorio contra el respeto e intimidad de terceros,

      2. Dejará exenta a GTPHONE de cuantos daños o perjuicios se deriven de la información que el cliente suministre a terceros, o que pueda albergar o difundir a través del servicio, y especialmente de los derivados de cualquier acción u omisión que viole el secreto de las comunicaciones, la intimidad o la imagen de las personas físicas o jurídicas, las normas de protección de la infancia o la juventud, los derechos de los consumidores o usuarios, los derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros,

      3. Dejará indemne a GTPHONE de cualquier reclamación que pudiera deducirse contra él por cualquiera y que traigan causa de la trasgresión directa o indirecta del punto anterior,

      4. Observará estrictamente los siguientes principios de buena conducta establecidos por GTPHONE:

        1. No remitir mensajes de correo electrónico indiscriminadamente a otros usuarios que no los hayan solicitado (spam).

        2. No acceder o tratar de acceder a bases de datos, ordenadores personales o institucionales o cualquier otro soporte informático, de forma no autorizada.

        3. No obtener o tratar de obtener a través de internet servicios de cualquier índole sin llevar a cabo la contraprestación económica que se solicitara para ello por el ofertante.

        4. No pretender o conseguir alterar o destruir información de GTPHONE o de otros proveedores o usuarios.

        5. No tomar parte en actividades que deterioren la calidad del servicio prestado por otros participantes en la red o interferir en el uso que aquéllos hagan de ésta.

    2. Si el operador modificase dichos principios de buena conducta informará por escrito al cliente.

13.- CALIDAD DEL SERVICIO Y RESPONSABILIDAD

    1. GTPHONE procurará un nivel de calidad acorde al pactado en las condiciones de prestación de los Servicios y como mínimo se compromete a asegurar los niveles de calidad exigidos por la normativa vigente, y a prestar el Servicio dentro de los límites de cobertura y del estado de la tecnología.

    2. En cualquier caso, GTPHONE no será responsable por interrupciones o mal funcionamiento del Servicio motivado por condiciones orográficas y/o atmosféricas que impidan o imposibiliten su prestación.

    3. En caso de interrupción temporal del servicio, el Operador compensará de forma automática al Cliente, si legalmente corresponde, en la factura pertinente al periodo inmediato al considerado, con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:

      1. El promedio del importe facturado por este Servicio durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el período de duración de la interrupción.

      2. Cinco (5) veces la cuota mensual del abono vigente en el momento de la interrupción prorrateado por el tiempo de duración de ésta.

    4. El Operador indemnizará automáticamente al Usuario en caso de que conozca que dicho Usuario se encontraba en una zona afectada por una interrupción en el momento de la misma, o si la interrupción afectara al área donde se encuentra el domicilio que figura en el contrato del Usuario y no puede situarle en otra zona durante el período de la interrupción.

    5. No será de aplicación lo dispuesto en los apartados anteriores cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:

      1. Incumplimiento grave por los Usuarios de las condiciones contractuales, en especial en caso de fraude o demora en el pago que dará lugar a la aplicación de la suspensión definitiva e interrupción del Servicio;

      2. Daños producidos en la red debido a la conexión por el Cliente de Terminales cuya conformidad no haya sido evaluada, de acuerdo con la normativa vigente;

      3. Incumplimiento del Código de Conducta por parte de un Usuario que preste servicios de tarificación adicional, cuando la titularidad del contrato de abono corresponda a éste último.

    6. El operador no será responsable de cualquier daño en terminales que el Cliente no haya adquirido de GTPHONE.

    7. Asimismo, el operador no se hace responsable de cualquier daño y/o perjuicio y/o beneficio dejado de obtener por el Cliente o cualquier otro tercero causado directa o indirectamente por la falta de prestación del Servicio por las siguientes causas:

  1. funcionamiento incorrecto, defectos, fallos y/o daños en el Terminal que no haya sido adquirido al operador.

  2. pérdida, alteración y/o daños totales o parciales sobre información contenida en el Terminal.

14.- SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

    1. El servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que, independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas.

    2. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador bien por vía telefónica, llamando al 900 670 699, vía email, a través del correo electrónico [email protected], o presencialmente en Calle Aspe 44, 03201 - Elche, Alicante, en relación con cualquier incidencia o consulta, previa identificación y acreditación de circunstancias personales.

    3. Para cualquier cuestión, el cliente podrá ser atendido de lunes a sábado de 10:00 a 17:00 horas ininterrumpidamente.

    4. También disponemos de un servicio de urgencias 24 horas, con un coste adicional de 50€ al mes, que se puede incluir en la factura. Para hacer uso de este, se atenderá a la reclamación, petición, consulta o notificación similar del cliente mediante WhatsApp al número de teléfono 900 670 699.

15.- RECLAMACIONES

    1. En caso de desacuerdo del cliente relativo a la prestación del servicio, el cliente podrá dirigir una reclamación al domicilio de GTPHONE facilitado en el presente contrato, en el plazo de un (1) mes desde el momento en que tenga conocimiento del hecho que la motive. La reclamación, que en todo caso será formulada por escrito, no justificará una demora o aplazamiento en el pago de las facturas devengadas.

    2. Asimismo, en caso de que el cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de GTPHONE en el plazo de un (1) mes, podrá acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo o a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, sin perjuicio de su derecho a acudir a la vía judicial.

16.- SEGURIDAD

    1. El cliente es responsable de la custodia diligente y el mantenimiento de la confidencialidad de las contraseñas, claves de acceso, sistemas de cifrado o encriptación de comunicaciones, que sean facilitados por GTPHONE para la utilización del servicio.

    2. Dichos mecanismos de seguridad solo podrán ser utilizados por el cliente.

17.- SECRETO DE LAS COMUNICACIONES

    1. GTPHONE adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de su red. No obstante lo anterior, el Cliente autoriza, expresamente, a que se realicen grabaciones de las conversaciones que mantenga con el Operador de acuerdo con la normativa vigente.

    2. En cualquier caso, el Operador queda exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención, interceptación y/o manipulación por el cliente o por terceros de las comunicaciones de voz, transacciones de datos y, en general, de cuantas acciones u omisiones, no imputables a GTPHONE quebranten el secreto de las comunicaciones.

18.- PROTECCIÓN DE DATOS

    1. En cumplimiento de lo que dispone la normativa vigente en materia de protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, informamos al Cliente de que los datos personales aportados serán tratados por GTPHONE TELECOMUNICATIONS S.L.

    2. La finalidad del tratamiento de los datos será el mantenimiento, desarrollo, control y ejecución de la relación contractual que, en el marco de la prestación de los servicios que se identifican en el objeto del contrato, el Cliente mantenga con GTPHONE.

    3. Los datos se conservarán mientras dure la relación comercial. Una vez se haya dado por finalizada la prestación de los servicios, los datos de carácter personal se guardarán, debidamente bloqueados, según lo que establezca la normativa sectorial vigente.

    1. No está prevista la cesión de datos a terceros, excepto si existe una obligación legal. Asimismo, GTPHONE informa al cliente que sus datos de localización serán cedidos a los servicios de emergencia (112) si fuesen solicitados.

    2. Se informa al interesado que tiene derecho a retirar el consentimiento para tratar los datos en cualquier momento y que, si ejerce este derecho, se tendrá que proceder a la rescisión del contrato en los términos expuestos en el mismo puesto que el tratamiento de datos es imprescindible para la ejecución del contrato. Asimismo, podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos y los de limitación u oposición al tratamiento dirigiéndose a GTPHONE, bien enviando un correo a la dirección física Calle Aspe 44, 03201 – Elche, Alicante, o bien a través de correo electrónico a la dirección siguiente: [email protected]

    3. Si considera que el tratamiento de datos personales no se ajusta a la normativa vigente, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (www.aepd.es).

    4. El Operador se responsabiliza de tener implantadas las medidas de seguridad que correspondan, en virtud de lo que se establece en la normativa vigente de protección de datos. Todo el personal de GTPHONE tendrá conocimiento de la normativa en materia de protección de datos, en el momento en que proceda a tratar la información propiedad del cliente.

    5. Por último, el Cliente queda informado de que, en caso de impago de las cantidades debidas, en su caso, con motivo de la contratación y/o utilización del servicio conforme a estas condiciones, GTPHONE podrá comunicar los datos del mencionado impago a ficheros de solvencia patrimonial y crédito.

19.- VALIDEZ Y MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

    1. Las presentes condiciones sustituyen a cualesquiera condiciones previas que difieran en su contenido y/u obligaciones, las cuales quedarán sin efecto.

    2. GTPHONE podrá modificar las presentes Condiciones Generales, así como las tarifas vigentes en cada momento, por: variaciones y cambios tecnológicos que afecten al producto, variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución del mercado. En tal caso, se comunicará al Cliente la modificación con la máxima antelación que nos sea posible según las circunstancias.

    3. Para ello, notificará al Cliente afectado por la modificación con una antelación mínima de un (1) mes a su entrada en vigor. En caso de que el Cliente no aceptase las nuevas condiciones y así se lo notificase al operador, podrá resolver el contrato.

    4. Si, transcurrido el plazo de un (1) mes desde la notificación por el operador, el Usuario no hubiese manifestado expresamente su disconformidad, o bien continuará utilizando el Servicio con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas. La comunicación de la modificación se realizará de forma previa al cliente, indicando la fecha de entrada en vigor de la modificación propuesta.

20.- RESOLUCIÓN

    1. El contrato entre el operador y el Cliente se constituye por tiempo indefinido.

    2. A pesar de ello, el operador tiene derecho a resolver el contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas mencionadas en las condiciones de contratación. Será causa de resolución automática del presente Contrato a instancia de GTPHONE la extinción de la habilitación al operador para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo.

    3. Por su parte, el cliente tiene derecho a resolver el contrato en cualquier momento mediante una llamada telefónica a nuestro Servicio de Atención al Cliente al 900 670 699, remitiendo al correo electrónico a [email protected] la comunicación de resolución acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente con por lo menos 30 días hábiles de antelación al día en el que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio, o mediante notificación fehaciente a la dirección: Calle Aspe 44, 03201, Elche, Alicante.

21.- NULIDAD

    1. En el caso de que cualquier disposición de estas Condiciones fuera considerada nula o inaplicable, en su totalidad o en parte, por cualquier Juzgado, Tribunal u órgano administrativo competente, dicha nulidad o inaplicación no afectará a las restantes disposiciones.

    2. Ante tal situación, la cláusula o cláusulas afectadas serán sustituidas por otra u otras que tengan los efectos más semejantes a los de las sustituidas.

    3. En cualquier caso, la declaración de nulidad, ineficacia o invalidez de cualquiera de las presentes condiciones de contratación, no afectarán a la validez de las restantes condiciones que permanecerán vigentes y serán vinculantes para las partes.

22.- SUBROGACIÓN DE LAS PARTES

    1. GTPHONE se reserva el derecho de transmitir los derechos y/o obligaciones dimanantes de las presentes condiciones de contratación a una empresa perteneciente a su mismo grupo empresarial o a un tercer operador de comunicaciones electrónicas sin necesidad de requerir el consentimiento expreso del cliente, notificándole este hecho al menos con un (1) mes de antelación. El Cliente que no desee aceptar tal cesión podrá resolver el contrato de forma anticipada y sin penalización alguna.

    2. El cliente no podrá ceder a un tercero la prestación del servicio con ánimo de lucro propio o ajeno, ni utilizar su condición de cliente para llevar a cabo una actividad empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea revender o explotar el servicio para otros fines distintos, en su caso, de los establecidos en las presentes condiciones de contratación, salvo, en su caso, autorización de GTPHONE.

23.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

    1. Para cualquier cuestión o controversia relativa a la utilización, interpretación y contratación de los servicios a prestar por GTPHONE, se regirán por lo dispuesto en la legislación española.

    2. Para las cuestiones que pudieren derivarse de la diferencia de interpretación por las partes respecto a la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Elche.